Excedente de Libre Disposición

Es el saldo que queda en la cuenta de capitalización individual del afiliado después de hacer efectiva su pensión, siempre y cuando ésta cumpla con los requisitos que se indican en el número siguiente.

Requisitos

Todo afiliado que cuente con a lo menos 10 años de afiliación en cualquier sistema previsional, podrá retirar parte del saldo de su cuenta de capitalización individual como Excedente de Libre Disposición si sus fondos previsionales le permiten obtener una pensión al menos igual al 70% del promedio de sus remuneraciones imponibles, y rentas declaradas y mayor o igual a 12 unidades de fomento.

 

Documentos requeridos

Cédula de identidad

Trámite Presencial
Trámite Online
otros-beneficios-seguridad-social-20

Más información

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