Bonificación por hijo para la mujer
Beneficio que entrega el Estado a todas las mujeres por cada hijo nacido vivo, sea biológico o adoptado, con el fin de mejorar su pensión.
Es un beneficio universal que reciben todas las mujeres que hayan sido madres y que no hayan jubilado antes del 1 de julio de 2009. Este corresponde al 10% de 18 ingresos mínimos (monto vigente en julio de 2009 o en el mes de nacimiento del hijo). Este monto es depositado en su cuenta individual al cumplir los 65 años para incrementar su pensión mensual.
El bono equivale a la cotización de 18 ingresos mínimos, calculados a la fecha del nacimiento del hijo, más la rentabilidad obtenida hasta que la mujer cumple los 65 años (según fondo C).
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- Cédula de identidad vigente.
- Poder notarial, si el trámite es realizado por un apoderado.

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